martes, 5 de abril de 2011

Cómo funciona...

El Comité de Empresa es una de las formas de representación unitaria de los trabajadores en la empresa junto con los Delegados de Personal. Se denomina comité de empresa al cuerpo representativo de los trabajadores en una empresa. Es conocido también como comisión de empresa o comisión interna. Sus funciones y las normas que lo regulan varían desde simples funciones de relación con el empleador y resolución de pequeños conflictos, hasta funciones representativas o compartidas en la negociación colectiva, ejercicio del derecho de información y consulta, y funciones de participación en el proceso de toma de decisiones de la empresa más o menos amplia (cogestión y autogestión).
La diferencia en la representación unitaria entre Delegados de Personal y Comités de Empresa viene dada por el número de trabajadores que componen el centro de trabajo.
La forma de ejercer la representación en los Comités de Empresa, como órgano colegiado, se ejerce por decisión mayoritaria de sus miembros.
Su función principal es representar a los trabajadores, así como reunirse con la empresa para la toma de decisiones e intentar negociar con la empresa mejoras en las condiciones laborales y salariales de los trabajadores. Del resultado de estas reuniones informarán a los trabajadores.
Dada la función que cumplen, estos trabajadores tienen una serie de horas al año denominadas horas sindicales, para así ejercer sus funciones.
El delegado del personal deberá reunir los requisitos que se exigen para ser director sindical; durará dos años en sus funciones y podrá ser reelegido indefinidamente, su función será la de servir de nexo de comunicación entre el grupo de trabajadores que lo haya elegido y el empleador, como asimismo, con las personas que se desempeñen en los diversos niveles jerárquicos de la empresa o establecimiento. Podrá también representar a dichos trabajadores ante las autoridades del trabajo.

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